Distintas Coberturas para su tranquilidad

SEGURO DE VIDA

La familia es lo más importante que tenemos y cuidarla es una prioridad para todos. Para hacerlo, contás con nuestros Seguros de Accidentes Personales que te protegen a vos y a tu familia, para que ante un accidente, el factor económico sea una preocupación menos. También le ofrecemos Seguros de Vida Colectivo o Accidentes Personales para su empresa, comercio o PYME. Encuentre la más amplia gama de productos especialmente diseńados para ofrecerle la protección mas conveniente.

Seguros Obligatorios e Indemnizaciones Obligatorias para los Empleadores

VIDA OBLIGATORIO

  • Establecido por por el Decreto Nº 1567/74 del Poder Ejecutivo Nacional, cubre el riesgo de fallecimiento por cualquier motivo de todo trabajador en relación de dependencia (se excluyen los trabajadores rurales y aquellos que sean contratados por un término menor a un mes)

 

VIDA COLECTIVO TRABAJADORES RURALES

  • Conforme a la Ley 16.600 Decreto 1158/98 (comprendidos en las prescripciones de la Ley 22.248/80), proporciona cobertura a las personas que se desempeñen (con carácter permanente), en actividades rurales ante la eventual muerte o incapacidad total y permanente del trabajador.

 

VIDA COLECTIVO CONVENIO MERCANTIL

  • Acorde al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 de los Empleados de Comercio, ampara las contingencias de muerte e incapacidad total y permanente (ambas por enfermedad o accidente), de los trabajadores sujetos a la actividad mercantil.

 

VIDA COLECTIVO OTROS CONVENIOS COLECTIVOS DE TABAJO

  • Salvaguarda la obligación del empleador de tener que afrontar el pago de indemnizaciones por los riesgos de muerte o muerte e invalidez total y permanente, que se encuentren estipuladas en el Convenio Colectivo de Trabajo que correspondan a los empleados de su actividad.

 

VIDA COLECTIVO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO (seguro de contratación optativa pero de Indemnización Obligatoria)

  • Según las obligaciones emergentes de los artículos 212 y 248 de la Ley Nº 20.744. Esta norma obliga al empleador a indemnizar a todo empleado en relación de dependencia o a sus derechohabientes por la incapacidad total y permanente o la muerte que acontezca al trabajador por enfermedad o accidente durante las 24 horas del día, inclusive en días no laborables, encontrándose de licencia o en período de vacaciones.
  • El empresario puede protegerse de tener que afrontar desvíos imprevistos en sus erogaciones a través de la contratación de este seguro.

Vida Empresas – Seguros Optativos para Empresas

SEGURO DE VIDA PLAN BENEFICIO A EMPLEADOS

  • Los seguros de vida optativo para el personal conforman uno de los beneficios a empleados mas difundidos en el país y en el mundo, ya que a la vez que se proporciona un diferencial valorado por el personal, se cumple con un rol social por lo que las empresas se ven directamente afectadas en el caso de no contar con estas coberturas.

 

SEGURO DE VIDA PARA HOMBRE CLAVE

  • En este seguro se indemniza a un negocio o empresa por la muerte de una persona clave (sin distinción de género) y/o la pérdida de su habilidad y experiencia, debido a que este individuo contribuye considerablemente al logro de utilidades de un negocio, que al fallecer pudiera producirle pérdidas importantes. Si uno de éstos individuos con talento muriera inesperadamente, las ganancias se verían afectadas y el negocio se enfrentaría con la tensión financiera de reclutar, emplear y entrenar un reemplazo.

 

SEGURO DE VIDA PARA PROTECCIÓN SOCIETARIA

  • Pensado para resguardar el patrimonio de una sociedad, los aseguraos son los accionistas o propietarios de una firma, cubriendo la suma asegurada de cada socio por la participación accionaria de cada uno, quedando la empresa como beneficiaria del 100% de su Patrimonio Neto.

Vida Individual

Seguros para las personas que individualmente deseen contratar un seguro para su vida estableciendo una suma asegurada fija (sin rescate ni capitalización y ahorro).

 

  • COBERTURA BÁSICA:
    • Muerte, las 24 horas los 365 días del año

 

  • COBERTURAS ADICIONALES
    • Anticipo por Enfermedad Terminal

 

  • COBERTURAS ADICIONALES (Opcionales)
    •  Incapacidad Total y Permanente por Enfermedad y/o accidente
    • Muerte Accidental e indemnizaciones parciales por accidente
    • Enfermedades graves
    • Trasplantes
    • Pérdida o disminución de ingresos por accidente
    • Renta Diaria por Internación por Accidente
    • Cuidados en el Hogar por Accidente

 

  • CONSULTE POR:
    • Capital Asegurado
    • Edades Asegurables
    • Alcance de las coberturas según edades
    • Requisitos de Asegurabilidad
    • Beneficiarios
    • Tarifa de Prima/Premio (costos establecidos por rango de edades y coberturas seleccionadas)

Vida Amparo Familiar

Pueden contratar esta cobertura las personas físicas. Asegurado titular y su grupo familiar primario, compuesto por su Cónyuge o conviviente demostrado, e hijos solteros desde los 6 meses hasta los 21 años de edad; discapacitados sin límite de edad.

 

  • PLAN TRADICIONAL
    • Muerte por Enfermedad o Accidente de por Vida, durante las 24 horas del día los 365 días del año.
    • Invalidez total y permanente por enfermedad o Accidente, hasta cumplir 65 años de edad.
    • Invalidez parcial por Accidente, hasta cumplir 65 años de edad.
    • Indemnización Adicional por Muerte Accidental, hasta cumplir los 65 años de edad.

 

  • PLAN ADICIONAL
    • Usted puede contratar adicionalmente las coberturas de:

 

  • ANTICIPO POR ENFERMEDADES GRAVES del 25% de la suma aseurada básica en caso de infarto de miocardio, accidente cerebrovascular, cáncer o insuficiencia renal, hasta cumplir los 65 años de edad.

 

  • RENTA DIARIA POR INTERNACION del 2%0 de la suma asegurada báscia (con un plazo de espera de 3 días y hasta un máximo de 30 días por año), hasta cumplir los 65 años de edad.

 

  • CONTINUIDAD DEL PLAN BÁSICO
    • Luego de cumplir los 65 años de edad, usted podrá conservar la suma asegurada que tenga igente en ese momento, o reducirla acorde a su conveniencia. La cobertura se limita a Muerte por Enfermedad o Accidente de por vida, durante las 24 horas del día los 365 días del año.

 

  • CONSULTE POR:
    • Capital Asegurado
    • Edades Asegurables
    • Alcance de las coberturas según edades
    • Requisitos de Asegurabilidad
    • Beneficiarios
    • Tarifa de Prima/Premio (costos establecidos por rango de edades y coberturas seleccionadas)

Accidentes Personales

Las mas amplias e innovadoras coberturas de Accidentes Personales. Solo algunas de ellas son:

  • Accidentes Personales 24 horas
  • Accidentes Personales Agro
  • Accidentes Personales 24 horas – Modulado 
  • Accidentes Personales – Colegio Protegido 
  • Accidentes Personales – En ocasión del trabajo
  • AP – Integro Profesional
  • AP – Íntegro Colegios

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