Multiriesgos para Comercios y Pymes

COBERTURAS

Fed Pat                             grupo sancor                           boston

Fed Pat

 

LA IMPORTANCIA DE SENTIRSE PROTEGIDO

FEDERACIÓN PATRONAL le ofrece una forma sencilla y rápida de asegurar su comercio, industria o establecimiento no lucrativo a través de la empresa Nº 1 en servicio y situación financiera. Por ello ponemos a su disposición toda nuestra experiencia a través de una amplia variedad de coberturas, para que tenga la combinación justa que se adapte a su actividad.

COBERTURAS BASCIAS

INCENDIO

Cubrimos los daños totales o parciales por la acción directa o indirecta del fuego, rayo, explosión, tumulto popular, vandalismo, malevolencia, huelga y lock-out, impacto de aeronaves y/o vehículos terrestres, humo.

 

Modalidades:

  • Cobertura proporcional (a prorrata)
  • Ampara a los edificios y a los contenidos

Coberturas Adicionales:

  • Daños por huracán, vendaval, ciclón o tornado
  • Daños por granizo al edificio

Adicionales sin costo agregado:

  • Reconstrucción y/o reparación y/o reposición a nuevo incendio edificio.

 

INCENDIO EDIFICIO A PRIMER RIESGO ABSOLUTO

Junto con la cobertura tradicional de incendio proporcional, ofrecemos también la cobertura de Incendio edificio a primer riesgo absoluto, es decir, cobertura de incendio al edificio con modalidad no proporcional. Esta cobertura viene a dar una solución a aquellos casos en donde pudiera considerarse como probable una situación de infraseguro, actual o
futura, de magnitud variable, a la hora de cotizar el valor de su inmueble; sobre todo si se sospecha no haber tenido en cuenta la verdadera cantidad y calidad de los metros cuadrados que componen la edificación a asegurar.

 

Modalidades:

  • Cobertura no proporcional (a primer riesgo absoluto)
  • Suma asegurada modulada (representa el 40 % de la suma incendio edificio a prorrata)
  • En caso de siniestro actúa en forma solidaria y accesoria a la indemnización principal

Coberturas adicionales:

  • Indemnización suplementaria “reconstrucción y/o reposición a nuevo”: en caso de corresponder, se aplicará esta suma (o su remanente) a efectos de la reconstrucción y/o refacción a nuevo del bien inmueble siniestrado.

 

ROBO

Ampara los contenidos en sus diferentes características de acuerdo al establecimiento asegurado.

 

Modalidades:

  • Diferentes tipos de coberturas: proporcional (a prorrata), no proporcional (a primer riesgo) y mixto (a primer riesgo relativo).
  • Amparando contenidos en general, y también en forma especifica (bienes de uso)

Coberturas adicionales:

  • Incluye la cobertura de daños materiales a los accesos del edificio en caso de un robo o un intento de robo

 

CRISTALES

Cubrimos la rotura o rajadura de sus vidrieras, incluyendo también espejos, y toda otra pieza vítrea en posición vertical.

Coberturas adicionales:

  • Impresiones y ploteos sobre los cristales
  • Biselados

COBERTURAS OPTATIVAS

RESPONSABILIDAD CIVIL a LINDEROS

Cubre al asegurado por daños a cosas de terceras personas en construcciones linderas, como consecuencia de un incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.

 

GASTOS FIJOS- SUELDOS Y JORNALES

Amparamos los Gastos Fijos, y los Sueldos y Jornales que inevitablemente se sigan generando total o parcialmente en el negocio asegurado de manera improductiva, durante la interrupción de la actividad originada por un incendio.

 

RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA

Se cubre la responsabilidad civil extra-contractual del asegurado por el ejercicio de su actividad, o por la administración del establecimiento a su cargo, respecto de sus clientes y otros terceros. Junto con la cobertura básica se incluyen los
adicionales de incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas. Otros adicionales que
se pueden contratar: existencia de carteles, ascensores y montacargas; carga y descarga de mercaderías; instalaciones a vapor o agua caliente; existencia de piscinas y otras más.

 

DINERO EN CAJA, CAJÓN MOSTRADOR, CAJA FUERTE

Cubrimos el dinero depositado en caja registradora o cajón mostrador proveniente de sus actividades comerciales, durante el horario de atención al público. Fuera del horario de atención al público, se cubre el dinero depositado en cajas
fuertes empotradas y en cajas fuertes tipo mueble de más de 150 kg. de peso.

 

DINERO EN TRÁNSITO

Cubrimos el robo del dinero proveniente de las actividades comerciales mientras se hallen en tránsito entre sucursales, y hacia institución bancaria y viceversa.

 

SEGURO TÉCNICO – EQUIPOS ELECTRÓNICOS

Amparamos los daños por incendio, robo o accidente de todos sus equipos electrónicos, incluyendo los daños producidos por deficiencias en el suministro eléctrico cuando los equipos cuenten con estabilizador de tensión. Cobertura
proporcional.

OTRAS COBERTURAS DISPONIBLES

REMOCION DE ESCOMBROS DE EDIFICIO Y DE CONTENIDO

Se cubren los gastos que necesariamente deben asumirse por limpieza y/o retiro de escombros y/o demolición de edificio, de la parte o partes de dichos bienes asegurados, destruidos y/o dañados por incendio o sus adicionales.

 

RESPONSABILIDAD CIVIL CARTELES

Cuando la marquesina, cartel o similares sean de importancia, se cubre en forma específica la responsabilidad civil del asegurado por los daños que estas instalaciones pudieran provocar a terceros y clientes.

 

DAÑOS POR ACCION DEL AGUA

Se ampara la perdida y/o daños al contenido de su establecimiento, por acción directa del agua como consecuencia de la falla o deficiencia de las instalaciones sanitarias que la contienen. No incluye daños por agua proveniente del exterior.

 

Seguro de ACCIDENTES PERSONALES

Siempre que el tomador del seguro sea una persona física, podrá contratar una cobertura de muerte o invalidez permanente, total o parcial, por accidente. Opera los 365 días del año y en cualquier lugar del mundo.

IMPORTANTE: La enumeración de las coberturas y sus adicionales es enunciativa. Infórmese del alcance, las limitaciones y/o exclusiones que pudieran corresponder por ramo, actividad, zona geográfica, o límites de suma actualmente vigentes para nuestros productos.

PROTECOM – ASISTENCIA INTEGRAL DE URGENCIAS PARA COMERICIOS Y PYMES

CÓMO FUNCIONA ESTE SERVICIO?

CONDICIÓN DE URGENCIA

El concepto de «urgencia» vendrá determinado por la necesidad de reparar la avería con carácter inmediato y subordinado a los siguientes criterios:

PLOMERIA:

  • Las pérdidas de agua producidas por avería o rotura de cañerías llaves u otras instalaciones fijas, conexiones externas de agua y llaves de paso que provoquen inundación total o parcial en el comercio asegurado.

ELECTRICIDAD:

  • Cortes de luz total o parcial provocados por cortocicuito dentro del Comercio asegurado.

CRISTALERIA:

  • Rotura de cristales de ventanas o de cualquier otra superficie acristalada vertical que forme parte del cerramiento del comercio, en tanto y en cuanto tal rotura determine la falta de protección de los mismos frente a fenómenos meteorológicos o actos malintencionados de terceras personas.

APERTURA DE PUERTAS:

  • Cualquier contingencia que impida el normal funcionamiento del acceso principal del comercio y que haga necesaria la intervención de un cerrajero, o de servicios de emergencia, por no existir otras soluciones alternativas.

GAS:

  • Rotura de instalaciones fijas del comercio a la vista que produzcan daño o peligro, tanto a los beneficiarios como a terceras personas, o a sus bienes. Las instalaciones de propiedad comunitaria, o de terceros, no se consideran como pertenecientes al inmueble cubierto, aún cuando puedan estar situadas en su recinto.

VIGILANCIA:

  • Cuando se determine que el comercio se vuelva vulnerable, corriendo los elementos de su interior un riesgo cierto frente a actos malintencionados de terceras personas.

EMERGENCIAS MEDICAS:

  • En todos los casos donde la sintomatología informada por el solicitante del servicio refiere a un cuadro agudo el cual requiera una atención inmediata.

DESTAPACIONES:

  • En todos los casos donde se encuentre obstruída alguna de las cañerías de los sanitarios y/o lavatorios y piletas.

IMPORTANTE

Para acceder a cualquiera de los servicios mencionados, usted debe tener su póliza de Integral de Comercio vigente y estar al día en sus pagos.

EXCLUSIONES GENERALES:

Sin perjuicio de las exclusiones específicas mencionadas, quedan excluidos los siguientes daños y contingencias:

  • Los provocados intencionalmente por el beneficiario.
  • Los que tuviesen su origen o fueran una consecuencia directa o indirecta de guerra, guerra civil, conflictos armados, insurrección, sublevación, rebelión, sedición o motín.
  • Los que tuviesen su origen o fueren consecuencia de terremoto, o templor de tierra, erupción volcánica, inundación, granizo u otro fenómeno de la naturaleza.
  • los servicios que el beneficiario haya concertado por su cuenta, sin la previacomunicación o sin el consentimiento de Federación Patronal.

SI SU COMERCIO SUFRIÓ UN SINIESTRO DE INCENDIO, RAYO Y/O EXPOSIÓN, USTED CUENTA CON:

  • Traslado, guardia y custodia de muebles por un período de hasta 7 días. En caso de siniestro, retorno anticipado del titular del comercio. En caso de retorno anticipado del titular, traslado del vehículo. Servicio de mergencia las 24 horas, los 365 días del año.

COMERCIO PROTEGIDO

USTED MAS QUE NADIE CONOCE SU COMERCIO, por eso le ofrecemos un seguro que le permite elegir el nivel de protección que prefiera, a través de diferentes módulos de coberturas, adaptándose a sus necesidades particulares.

Soluciones a medida, para que usted se ocupe de lo que mas le importa, atender su negocio y sus clientes, sabiendo que su comercio está bien protegido.

Un seguro simpelo y flexible: un verdadero traje a medida.

SOLO USTED SABE QUE SEGURO NECESITA.

Comercio Protegido es una herramienta que le aporta libertad y flexibilidad a la hora de elegir el seguro para su negocio.

Por que?

Porque presenta módulos de cobertura donde puede optar de manera independiente por el nivel de protección que mas le convenga.

El módulo básico comprende las coberturas de Incendio para el edificio y el contenido general de su comercio, dándole la posibilidad de elegir sumas aseguradas independientes para cada caso.

Con esto, Usted puede adaptar el seguro a la necesidad real de su comercio.

SOLO USTED DECIDE QUE ADICIONALES QUIERE.

El Módulo Básico comprende INCENDIO EDIFICIO Y CONTENIDO GENERAL. Además, y sin costo adicional se incluyen:

  • Daños al edificio y el contenido general por huracán, ciclón y tornado.
  • Responsabilidad Civil a consecuencia de Inendio y/o Explosión.
  • Gastos especiales por remoción de escombros, extinción de incendio, gastos extraordinarios y honorarios profesionales.
  • Daños por agua a consecuencia de rotura de cañerías.
  • Robo del contenido general.
  • cobertura integral para aparatos y/o equipos electrónicos no especificados.
  • Servicio de asistencia para Comercios.

Pero además, tiene la posibilidad de contratar las siguientes COBERTURAS ADICIONALES:

  • Cristales.
  • Daños al edificio y su contenido general a consecuencia del Granizo.
  • Responsabilidad Civil Comprensiva.
  • Cobertura integral para notebooks, netbooks y nettops no declaradas.
  • Robo de Valores en Caja Fuerte.
  • Robo de Valores en Cajón o Mostrador en horario comercial.
  • Robo de Valores en Tránsito por giro comercial.
  • Daños al edificio y su contenido general a consecuencia de Terremoto.

SOLO USTED SABE LO QUE CUESTA REPONER LO QUE SE PIERDE.

Por eso, Comercio Protegido presenta la ventaja de contar con coberturas a primera pérdida absoluta. Que significa ésto? Muy simple: en caso de un siniestro cubierto por la póliza, se indemniza el 100% del daño y hasta el límite de la suma asegurada contratada para cada cobertura. Mejor, imposible.

MAS RAZONES PARA DECIDIRSE

  • Simplicidad
    • Los distintos riesgos se administran mediante una única póliza.
  • Libertad de elección
    • Le permite elegir las sumas aseguradas de acuerdo a sus propias necesidades.
  • Costos diferenciales
    • Cada comercio paga de acuerdo al tipo de riesgo, su ubicación y la actividad que realiza.
  • Rapidez
    • Trámites ágiles frente a un siniestro, para que su comercio pueda seguir trabajando con normalidad.
  • Asistencia profesional
    • Atención las 24 horas, los 365 días del año, a través de nuestro Centro de Atención al Cliente.
  • Sistema integrado de coberturas 360º
    • Una forma innovadora de proteger todos sus riegos simultáneamente y en un único trámite. Fácil de tomar, simple de administrar.

COBERTURAS

INCENDIO EDIFICIO Y CONTENIDO GENERAL

Incendio, rayo o explosión; hechos de tumulto popular, huelga o lock-out, vandalismo y malevolencia; impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes componentes y/o carga transportada; humo.

Se incluyen:

  • Huracán, vendaval, ciclón o tornado (*).
  • Granizo (*).
  • Cláusula de reconstrucción y/o reparación y/o reposición a nuevo (edificio).

 

(*) HVCT y Granizo para actividades industriales y depósitos: Sujeto a resultado de inspección y análisis del Departamento de Suscripción de la Compañía.

 

ROBO CONTENIDO GENERAL

La pérdida de los bienes contenidos en la ubicación detallada, como consecuencia de un robo (es decir la sustracción de los mismos con fuerza en las cosas o intimidación o violencia en las personas).

Los daños que sufran los bienes como consecuencia del robo o su tentativa y los que ocasionen los ladrones para cometer el delito en el edificio designado en póliza.

Se excluye el hurto.

 

Bienes con valor limitado:

  • Bienes colocados o expuestos en escaparates que den al exterior del local: La indemnización que pudiere corresponder no excederá del 20% de la suma asegurada.
  • Se excluyen equipos de telefonía celular, como así también Palms, IPOD, GPS y similares.
  • Reposición de suma asegurada en caso de siniestro: No automática, sujeta a la evaluación de
  • la Compañía.
  • Suma asegurada máxima: $ 100.000.-
  • Sin franquicia.

 

ROBO BIENES DE USO

  • Robo objetos especificados (fijos) en domicilio.
  • Se excluye el hurto. Se excluyen notebooks y otros equipos portátiles.
  • Modalidad de suscripción: Se deberá proporcionar el detalle de los bienes.
  • Sin franquicia.

 

SEGURO TÉCNICO

Daños materiales, robo y fallas en el aprovisionamiento de energía eléctrica de la red pública. Se excluyen los daños y/o pérdidas a consecuencia de hurto.

 

  • Bienes amparados: Equipos de computación fijos (computadoras, monitores, impresoras).
  • Se excluyen notebooks y otros equipos portátiles.
  • Modalidad de suscripción: Se deberá proporcionar el detalle de los bienes.
  • Franquicia deducible:
    • Para equipos con suma asegurada hasta $ 10.000.-: 10% del monto de la indemnización, con un mínimo de $ 250.- por equipo y todo evento.
    • Para equipos con suma asegurada de $ 10.001.- hasta $ 20.000.-: 10% del monto de la indemnización, con un mínimo de $ 500.- por equipo y todo evento.
    • Para equipos con suma asegurada de $ 20.001.- hasta $ 50.000.-: 10% del monto de la indemnización, con un mínimo de $ 1.500.- por equipo y todo evento.
    • Para equipos con suma asegurada de $ 50.001.- hasta $ 75.000.-: 10% del monto de la indemnización, con un mínimo de $  6.000.- por equipo y todo evento.
    • Para equipos con suma asegurada más de $ 75.001.- en adelante: 10% del monto de la indemnización, con un mínimo de $ 7.500.- por equipo y por evento.

 

OBJETOS DIVERSOS: EQUIPOS PORTÁTILES

  • Se excluyen todo tipo de celulares, Palms, IPOD, GPS y similares.
  • Modalidad de suscripción: Se deberá proporcionar el detalle de los bienes.
  • Ámbito de la cobertura – Domicilio
    • Suma asegurada máxima: $ 15.000.-
    • Sin franquicia.
  • Ámbito de la cobertura – República Argentina, países limítrofes y mundo entero
    • Suma asegurada máxima: $ 15.000.-
    • Deducible: 15% de la suma asegurada por objeto.

 

ROBO VALORES EN CAJA CON ATENCIÓN AL PÚBLICO

Pérdida por robo o daños producidos por incendio, del dinero y/o valores depositados en la caja fuerte que se encuentra en la ubicación indicada en póliza.

 

Definición de caja fuerte

Se considera caja fuerte a los efectos del presente Seguro, un tesoro con frente y fondo de acero templado de no menos de 3 mm. de espesor, cerrado con llaves «doble paleta», «bidimensionales» o con otro sistema de seguridad, soldado a un mueble de acero, cuyo peso vacio no sea inferior a 200 kgs., o que se encuentre empotrado y amurado en una pared de mampostería o cemento armado.

 

Cobertura de daños materiales

La indemnización por los daños que sufran la caja fuerte, edificio o sus instalaciones donde se encuentren los valores asegurados, queda limitada al 15% de la suma asegurada en forma global indicada en las Condiciones Particulares, y dentro de dicha suma límite.

 

Cláusula de definición de valores

Queda entendido que el término valores cada vez que sea empleado, significara dinero nacional o extranjero en billetes y/o monedas de oro, plata y otros metales, certificados de acciones, bonos, bonex, y toda clase de títulos, cheques,  giros bancarios, giros postales y cualquier otra forma de valores y estampillas.

 

Medidas de seguridad

Cuando la suma asegurada supere o, previa solicitud de aumento a esta  Compañía llegara a superar la suma de $ 30.000.- el Seguro se efectúa bajo la condición de que el Asegurado mantenga en el local  personal  de  vigilancia armado (uno) durante las horas habituales de tareas.

  • Se excluye: Hurto, extravío, desaparición misteriosa e infidelidad.
  • Cubre en cajón mostrador solo en el horario de atención al público. Fuera de este horario se cubre solamente en caja fuerte.
  • Se incluye valores en cajón mostrador hasta un máximo de $ 5.000.- o el límite de la suma asegurada de la presente cobertura; de ambos el menor.
  • Sin reposición de suma asegurada por siniestro.
  • Suma asegurada máxima: $ 30.000.-
  • Deducible: 10% del monto de la indemnización.

 

ROBO VALORES EN TRÁNSITO GIRO COMERCIAL

Pérdida por Robo del dinero en efectivo y/o valores mientras sean motivo de tránsito, dentro de la Republica Argentina. Giro comercial, operaciones financieras, y pagos aislados.

Se deja constancia que se excluyen de la presente cobertura los valores que no tengan relación con la actividad específica o habitual, comercial o profesional del Asegurado.

Asimismo se excluyen de la presente cobertura los tránsitos destinados a:

  • Cobradores y/o repartidores y/o vendedores.
  • Sueldos y jornales.

 

Cláusula de definición de valores

Queda entendido que el término valores cada vez que sea empleado, significara dinero nacional o extranjero en billetes y/o monedas de oro, plata y otros metales, certificados de acciones, bonos, bonex, y toda clase de títulos, cheques,  giros bancarios, giros postales y cualquier otra forma de valores y estampillas.

 

Medidas de seguridad 

Cuando la suma asegurada supere o, previa solicitud de aumento a esta Compañía, llegara a superar las sumas indicadas a continuación, el seguro se efectúa bajo la condición  de que el Asegurado mantendrá las siguientes medidas de seguridad:

  • De $ 10.001.- a $ 20.000.-: Dos portavalores (50% c/u).
  • De $ 20.001.- a $ 50.000.-: Un portavalores y un custodia armado. Fuera del área del Microcentro deberá transportarse en automóvil.
  • De $ 50.001.- a $ 100.000.-: Dos portavalores (50% c/u) y un custodia armado, en automóvil.
  • De $ 100.001.-a $ 150.000.- Dos portavalores (50% c/u) y dos custodias armadas, en automóvil.
  • Los custodios armados deberán ser personal con autorización policial.
  • Cláusula de interpretación de custodio o guardia armado

 

Custodio armado – Requiere para ser considerado tal, reunir los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 21 años y menor de 55 años;
  • Mantener adiestramiento permanente en manejo de armas y tareas de prevención y seguridad;
  • Estar autorizado y registrado para actuar en esa función en un organismo de seguridad nacional o provincial y/o en una agencia o empresa que preste servicios de seguridad y que se encuentren el empleado y la prestadora de servicios inscriptos y registrados en y por el organismo de contralor que corresponda;
  • Portar en forma personal y permanente durante el desempeño de sus tareas encontrándose reglamentariamente autorizado al efecto, armas calificadas por el RENAR como de guerra, idénticas o similares en su calibre, prestaciones y potencia de fuego a las utilizadas por la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional o Fuerzas Armadas;
  • Cumplir exclusivamente funciones de custodia, no pudiendo efectuar ninguna otra clase de tareas o asignaciones;
  • Permanecer en el puesto al que fue asignado, no pudiendo abandonar el mismo ni aún momentáneamente hasta ser reemplazado por otro custodio de iguales características;
  • Estar presente dentro del local donde se encuentra el bien custodiado o en la puerta de acceso al mismo en caso que el local tuviera acceso único.

 

  • Sin reposición de suma asegurada por siniestro.
  • Suma asegurada máxima: $ 30.000.-
  • Deducible: 10% del monto de la indemnización.

 

CRISTALES

Daños sufridos por los cristales, vidrios, espejos y demás piezas vítreas o similares, (colocadas en forma vertical exclusivamente), únicamente como consecuencia de su rotura o rajadura, comprendidos los gastos normales de colocación hasta la suma máxima establecida.

 

Exclusiones:

  • Vicio de construcción del edificio y defectos de colocación de la piezas vítreas cuando esta no ha estado a cargo del Asegurador.
  • Movimiento o traslado de las piezas vítreas por cualquier razón, fuera del lugar en que se encuentran instaladas.
  • Vibraciones u otros fenómenos producidos por aeronaves.
  • Las ralladuras, incisiones, hendiduras u otros daños que no constituyan rotura o rajadura.
  • Los marcos, cuadros, armazones o sus accesorios.
  • Las piezas total o parcialmente pintadas.
  • El valor de la pintura, esmerilados u otras aplicaciones de cualquier naturaleza.

 

  • Reposición de suma asegurada en caso de siniestro: No automática, sujeta a la evaluación de la Compañía.
  • Suma asegurada máxima: $ 15.000.-
  • Sin franquicia.

 

DAÑOS POR LA ACCIÓN DEL AGUA POTABLE AL CONTENIDO

Pérdida de o lo daños a los bienes objeto del Seguro por la acción directa del agua potable (exclusivamente), únicamente cuando sean causados por filtración, derrame, desborde o escape  como consecuencia  de la rotura, obstrucción, falta o deficiencia en la provisión de energía o falla de la instalación indicada en las Condiciones Particulares destinada  a contener o distribuir la substancia, incluyendo tanques, cañerías, válvulas, bombas y cualquier accesorio de la instalación.

Es condición indispensable para esta cobertura que el almacenamiento y/o depósito de mercaderías, suministros, insumos y bienes similares se encuentren sobre estanterías o plataformas que se hallen a más de 15 cms. del nivel del piso. También es condición que el Asegurado mantenga en eficiente estado de conservación y funcionamiento los sistemas de desagüe pluviales propios.

 

Principales exclusiones:

  • Inundación.
  • Pérdidas o daños de la propia substancia o de la instalación que la contiene o distribuye.
  • Cuando la filtración, derrame, desborde o escape provengan de incendio,  rayo  o  explosión  o  derrumbe de tanques, sus partes y soportes, y del edificio, salvo que se produzcan como resultado directo de un evento cubierto.

 

  • Suma asegurada máxima: $ 20.000.-
  • Deducible: 10% del monto de la indemnización.

 

REMOCIÓN DE ESCOMBROS EDIFICIO O CONTENIDO GENERAL

Se cubre los gastos necesariamente incurridos por el Asegurado con el consentimiento del Asegurador, por gastos de limpieza y/o retiro de escombros y/o demolición de edificios, de la parte o partes de dichos bien asegurado, destruido y/o dañado por incendio o por cual­quier otro riesgo adicional amparado.

 

Hasta el 10% de la suma asegurada de Incendio edificio o contenido general: Sin cargo.

 

RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL

El Asegurador se obliga a mantener indemne al Asegurado por cuanto deba a un tercero en razón de la Responsabilidad Civil que surja de los Artículos 1.109 al 1.136 del Código Civil, en que incurra exclusivamente como consecuencia de los hechos o circunstancias previstos en esta póliza, acaecidos en el plazo convenido.

El Asegurador asume esta obligación únicamente en favor del Asegurado y hasta las sumas máximas establecidas en las Condiciones Particulares. El Seguro de responsabilidad por el ejercicio de una industria o comercio, comprende la responsabilidad de las personas con funciones de dirección.

De acuerdo con las Condiciones Generales y las presentes Condiciones Especiales, el Asegurador se obliga a mantener indemne al Asegurado por cuanto deba a un tercero como consecuencia de la Responsabilidad Civil extracontractual en que incurra por el ejercicio de su actividad detallada en las Condiciones Particulares, desarrolladas en el o los locales especificados en las Condiciones Particulares.

Jurisdicción y legislación argentina.

Es condición de cobertura que el asegurado declara observar las prescripciones y reglamentos exigidos para el ejercicio de esta actividad.

 

COBERTURA:

  • Básica.
  • Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.
  • Carteles y/o letreros y/u objetos afines.
  • Ascensores y montacargas.
  • Suministro de alimentos a título no oneroso.
  • Instalaciones a vapor, agua caliente o aceite caliente.
  • Expendio y/o servicio de comidas y bebidas a título oneroso.
  • Grúas, guinches y autoelevadores (en exceso de póliza específica).
  • Animales domésticos (excluyéndose la transmisión de enfermedades).

 

OTROS ADICIONALES:

 

  • Carga y descargas de bienes fuera del local asegurado.
    • Se excluyen los daños a los propios bienes y/o mercaderías.

 

  • Guarda y/o depósito de vehículos a título no oneroso.
    • Sublímite: Consultar. Cobertura: Robo e incendio.
    • Excluye: hurto, daños y efectos personales que se encuentren dentro de los vehículos.
    • El descubierto obligatorio para este adicional será del 10% del siniestro con un mínimo del 3% y un máximo del 6% de la suma base.
    • Suma base: $ 90.000.-

 

  • Armas de fuego por personal debidamente habilitado.
    • Excluye armas de caza y empresas de seguridad privada cubre en exceso de póliza específica.

 

Principales Exlusiones:

  • Responsabilidad contractual.
  • Responsabilidad civil patronal.
  • Polución y/o contaminación.
  • Asbestos y PCBS.
  • Automóviles propios.
  • Productos / operaciones.
  • Responsabilidad Civil construcciones.
  • Transmisión de enfermedades.
  • Incumplimiento de contratos.
  • Daños morales.
  • Errores y omisiones de directores y funcionarios.
  • Responsabilidad Civil profesional de cualquier tipo.
  • Resto de las exclusiones según Condiciones Generales y/o Especificas.

 

  • Franquicia deducible 10% del monto de la indemnización con un mínimo del 1% y un máximo del 3% de la suma asegurada al momento del siniestro por cada acontecimiento
  • Suma asegurada máxima: $ 2.000.000.- todo y cada evento y en el agregado anual.

 

RESPONSABILIDAD CIVIL LINDEROS

Daños materiales provocados a terceros en razón de la Responsabilidad Civil en que incurra el Asegurado como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego y/o explosión que afecte a los bienes objeto del Seguro.

 

Exclusiones:

Lesiones o muertes de terceras personas. Daños que podrían producir el uso de las instalaciones fijas destinadas a producir, transportar o utilizar vapor y/o agua caliente.

 

  • Suma asegurada máxima: 75% de la suma de Incendio edificio, con un tope de $ 1.000.000.-
  • Franquicia deducible: 5% de la indemnización, con un mínimo del 3% y un máximo del 5%, ambos límites de la suma asegurada al momento del siniestro por cada acontecimiento. 

BENEFICIOS ADICIONALES SIN COSTO

REMOCIÓN DE ESCOMBROS Y/O GASTOS DE LIMPIEZA

Se cubren los gastos necesariamente incurridos por el asegurado con el consentimiento del asegurador por gastos de limpieza y/o retiro de escombros y/o demolición de edificios de la parte o partes de los bienes asegurados descriptos en incendio, destruidos o dañados como consecuencia de un riesgo cubierto por la presente póliza.

  • Suma asegurada: 10% dentro de la  suma asegurada de incendio (edificio y contenido)

 

GASTOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIO

Se cubren los gastos de extinción de incendio necesariamente incurridos por el Asegurado para prevenir y minimizar la extensión de cualquier destrucción de o daño a la propiedad asegurada, incluyendo el costo de los materiales usados pero excluyendo salarios, jornales y pagos similares al propio personal o personal externo.

  • Suma asegurada: 10% de la suma asegurada de incendio (edificio y contenido).

 

INCORPORACIÓN AUTOMÁTICA DE BIENES

La presente póliza se extiende a cubrir automáticamente, por cualquier edificio / construcción recientemente adquirida o ampliada, similar a las propiedades del asegurado, con declaración dentro de los 60 días de la fecha de adquisición o terminación.

  • Suma asegurada: 3% de la suma asegurada de incendio (edificio y contenido). Máximo $ 50.000.-

 

GASTOS EXTRAS

Se cubren los costos extras y gastos en que necesaria y razonablemente incurra el Asegurado, única y directamente con respecto a reparación o reemplazo o rehabilitación de la propiedad dañada por un riesgo cubierto por la presente póliza.

Incluyendo el alquiler de otra propiedad o instalaciones de terceros u otros gastos de emergencia necesarios para restablecer la actividad.

  • Suma asegurada: 3% de la suma asegurada de incendio edificio y contenido). Máximo $ 7.500.- / $  15.000.-

URGENCIAS DOMICILIARIAS

CERRAJERÍA

En caso de inutilización de cerraduras por robo o intento de robo u otra causa accidental, que no se encuentre cubierta por otra garantía y que haga imposible la entrada al edificio por su puerta principal, por no existir otras soluciones – alternativas, el prestador enviará con la mayor prontitud posible, un operario que realizara la reparación de urgencia necesaria para restablecer la apertura y el correcto funcionamiento de la cerradura.

Los costos de desplazamiento del operario, de materiales básicos y mano de obra que se requieran para la reparación, se harán a cargo del prestador hasta un máximo de $ 150.-

Por cada servicio y con un límite máximo de (3) tres servicios  por cada año de vigencia de la póliza. En caso de que el costo de la reparación fuera superior a la expresada cantidad, la diferencia será por cuenta del beneficiario.

En el mismo caso, el operario hará una cotización o presupuesto de la reparación, la que será comunicada directamente al beneficiario y telefónicamente al prestador.

Si el beneficiario la acepta, deberá firmar el presupuesto y pagar directamente a la empresa u operario enviado por el prestador.

En caso de no ser aceptado el presupuesto, la reparación se hará hasta concurrencia del monto asegurado de $ 150.-, siempre que ello sea factible.

CRISTALERÍA

En caso de rotura de vidrios verticales que formen parte del cerramiento de la planta baja del edificio beneficiario, el prestador enviará con la mayor prontitud posible, un operario que procederá a la reposición del elemento afectado por la rotura.

Los costos de la reposición, la forma de hacerla y su financiamiento, serán a cargo del prestador hasta un máximo de $ 150.- por cada servicio y con un límite máximo de (3) tres servicios por cada año de vigencia de la póliza.

VIGILANCIA

Cuando el edificio beneficiario no presente seguridad a causa de los servicios descriptos anteriormente y se vuelva vulnerable, el prestador enviará con la mayor prontitud posible, el servicio de vigilancia, permaneciendo vigente hasta que el edificio restablezca las condiciones habituales de seguridad.

Los costes del servicio de vigilancia, serán a cargo del prestador hasta un límite máximo de 72 horas, por año de vigencia de la póliza.

EMERGENCIAS MÉDICAS

La presente prestación se hará efectiva en todos los casos donde la sintomatología informada por el solicitante del servicio refiere a un cuadro agudo el cual requiera una atención inmediata y que se produzcan en los espacios comunes del edificio beneficiario a causa de un accidente.

La prestación comprenderá la atención, el diagnóstico presuntivo, medidas y/o tratamientos preliminares de emergencias que el personal médico de que el prestador determine y el eventual traslado hasta el sanatorio, clínica u hospital que corresponda.

Este beneficio se brinda únicamente en el edificio declarado al momento de contratar el servicio sin límite de requerimientos por domicilio.

TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTES

La petición del beneficiario, el prestador se encargará de transmitir mensajes, relacionados con siniestros de incendio rayo o explosión, del integral de consorcio beneficiario, para una o más personas residentes en cualquier país del mundo.

INFO 24

Servicio constituido por la prestación de información para los beneficiarios de la Aseguradora, las 24 horas los 365 días del año, a través del cual los beneficiarios podrán acceder a distintos servicios informativos del territorio de la República Argentina, tales como: información turística, servicios de rutas, servicios públicos, ocio, deportes, servicios financieros, movilidad.

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